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DENFENSORES HIPÓCRITAS PARTE II

 

En alguna ocasión mencioné a un par de personajes de la vida pública que se jactan de llamarse defensores de derechos humanos y que aplaudieron al presidente Nicolas Maduro cuando ejecutó la deportación masiva de colombianos ubicados en la frontera con Venezuela, en ese momento, la guardia del vecino país marcaba las casas de nuestros compatriotas y acto seguido, las demolía acabando con años de sacrificio, algo muy similar a las marcaciones de los bienes de los judíos por parte de los nazis en la segunda guerra mundial.

Ahora, con ocasión al bombardeo de los últimos días que tenía como objetivo ultimar terroristas, en donde desafortunadamente fallecieron niños a quienes el gobierno tildó de “máquinas de guerra”, llovieron por parte de estos defensores falsetes, todos los insultos, memes, caricaturas y cuanta frase despectiva se les pasó por su mente, presuntamente en nombre de los derechos de los niños, al tiempo que tapan como el gato la verdadera raíz del problema.

Es apenas obvio que los niños no son maquinas de guerra, no señor, quien lo dijo deberá pedir disculpas al país y perdón a Dios por su soberbia apreciación. Sin embargo, no es un secreto que los enfermos de causas guerreristas recluten niños como escudos de combate, sobre todo nuestras putrefactas guerrillas que durante su escrófula existencia, esclavizan menores con ese macabro propósito.

No he visto entonces a quienes dicen ser defensores a ultranza de los derechos humanos, colocarse del lado de los niños antes del bombardeo, de esas víctimas de reclutamiento que tanto han negado los grupos cancerígenos que pretenden poder político y económico a través del narcotráfico. Imposible que opinen al respecto, pues su apestada, inservible y mañosa ideología, les conmina a la esclavitud y al calvario de esperar que el Estado se equivoque, para sacar y ondear las banderas que reposan metidas en sus entrañas.

No se trata de ideologías mis queridísimos hipócritas, un verdadero defensor de los derechos del hombre, se aparta de toda convicción ideológica y se enfoca en la protección de la raza humana como amparo supremo del ser.  Los niños son nuestro futuro y el Estado debe realizar todo lo que esté a su alcance para evitar que caigan en el ejercicio de nuestra legítima defensa, pero eso de verlos utilizar la muerte de menores sin recriminar a sus captores, violadores y pécoras, es sencillamente asqueroso.

Ser un pobre infeliz, es gratis, eso no se les puede olvidar a mercaderes de odios, resentimientos y complejos, que esperan el yerro del gobernante para cimentar su ideología, pero defender la vida, la libertad, la equidad, al hombre de manera integral, extrayendo por un instante su convencimiento ideológico, es para gallardos.

 

Pdta. Verlos justificar el asesinato de un policía en cumplimiento de su deber, como ocurrió hace unos días en Bogotá, es repugnante.

 

ANGEL ANDRES TORRES HERNANDEZ

@angelandresth

REACTIVACION DEL EMPLEO

 


REACTIVACION DEL EMPLEO

El 2020 quedará enmarcado como uno de los años más difíciles de nuestra historia republicana, en el aspecto económico. Las cifras de desempleo aumentan diariamente, los ingresos de la nación y de las entidades territoriales por conceptos tributarios, salvo contadas excepciones, distan con creces lo presupuestado para el año.

Tenemos claro una vez más, la lección repetida de economía política, que no es posible satisfacer las necesidades de lo público sin el fortalecimiento del sector privado, eso es palpable en el comportamiento de impuestos que dependen directamente del crecimiento y posterior desarrollo económico, como el caso del impuesto de industria y comercio, en el entendido de que a mayor transacciones en actividades generadoras de ingresos, se causa un incremento en el hecho generador y por ende en el recaudo de los municipios.

El reto para el Estado será proponer alternativas que generen empleo, por ende, mayor capacidad de pago para la expansión del consumo, que sin duda se reflejará en el crecimiento en el ingreso de las empresas y en la necesidad de ocupación para trabajadores, que hoy, teniendo en cuenta los bajos niveles de inflación hacen que sea un escenario propicio.

La macroeconomía es un área del conocimiento que contiene muchísimas aristas que hacen compleja la toma de decisiones en la búsqueda de alternativas para la reactivación económica, más aún cuando no puedes establecer con precisión el comportamiento de la pandemia y mucho menos sus efectos en el tiempo, es decir, todo lo que hagas será especulativo e incierto.

No obstante, corresponde recurrir a la experiencia de tiempos en crisis, como la gran depresión, las recesiones posguerra, la estanflación del 75, entre otras, que, si bien obedecieron a orígenes distintos a la crisis actual, nos reflejan sutiles luces que iluminan el sendero hacia esa recuperación que dista en el tiempo.

La complejidad del escenario hace que no se pueda pensar en un solo frente de solución, sino que deben ejecutarse un sin número de alternativas en conjunto, como un sistema que se enlace entre si con el único objetivo de evitar la debacle y realzar los niveles de crecimiento económico en la búsqueda del desarrollo.

Por todo lo anterior, la propuesta es que la mano invisible del Estado se enfoque en alternativas como: 1) la reducción de impuestos de manera progresiva para la generación de empleo; 2) el otorgamiento de créditos masivos para el emprendimiento, la formalización de empresa y el fortalecimiento sector comercial, industrial y agropecuario; 3) el congelamiento por dos (2) años, de los salarios de los servidores públicos que devenguen más de 10 SMLMV; 4) el incremento del salario mínimo alrededor del 5%, lo cual no se hizo; y, 5) el endeudamiento público dirigido al sector de la construcción y el turismo, en la medida que la pandemia lo permita.

No es una situación fácil, pero las crisis son para las personas con gallardía, determinación y con una imaginación que sobrepase su conocimiento y para quienes puedan ver al final del camino la luz de las oportunidades, porque en estos tiempos, es mejor hacer y vender pañuelos que comprarlos para sentarse a llorar

 

ANGEL ANDRES TORRES HERNANDEZ

angelandresth@

 

EL CONCEJO DE SINCELEJO APROBÓ BENEFICIOS TRIBUTARIOS

 

EL Concejo de Sincelejos aprobó por unanimidad el proyecto de acuerdo para aplicar beneficios tributarios para el pago de impuestos, tasas, contribuciones y multas con vigencia 2019 y anteriores. Los que tengan obligaciones pendientes podrán obtener  un descuento del 100 de los intereses si paga antes del 30 de noviembre, y del 90%, desde esa fecha hasta el 31 de diciembre. 

El secretario de Hacienda, Angel Torres, estuvo en el Concejo y respondio las dudas e inquietudes de los concejales, que con ponencia de la concejal Daniela Vergara, respaldaron estos nuevos beneficios tributarios.

Concejales como José David González y Diego Mercado resaltaron la importancia de estos beneficios, pues se convierten en un "gana gana" para la ciudadanía y el Municipio, ya que permite obtener rebajas sustanciales en las deudas fiscales que se tenga.

Fuente: Meridiano de Sucre.

SENTIMIENTOS ENCONTRADOS

 

ANGEL ANDRES TORRES HERNÁNDEZ 

SENTIMIENTOS ENCONTRADOS

 

Un nuevo episodio de choque de interpretaciones normativas se presenta con la sentencia C-448 de 2020 que declaró inexequible el artículo 7 del Decreto Legislativo 678 de 2020 que contenía los alivios tributarios para las entidades territoriales. Ya se había planteado desde la vigencia misma, que su contenido era abiertamente inconstitucional, porque usurpaba funciones propias de las entidades territoriales lo que controvierte el principio de autonomía administrativa.

 

Bastó que se emitiera un boletín manifestando la decisión tomada por el alto tribunal constitucional y que expulsaría del ordenamiento jurídico la referida norma, para que llovieran interpretaciones sobre la fecha a partir de la cual se producen los efectos del fallo.

 

En una esquina, los abogados administrativos quienes en su “incertidumbre jurídica”, como se reconoce respetuosamente a esa jurisdicción por la cantidad de fallos diversos sobre unos hechos semejantes, toman como referente el pronunciamiento del Consejo de Estado en donde explicó que los comunicados de prensa no son sentencias ni responden a las características propias de las providencias judiciales, por lo tanto se debe notificar la decisión judicial para que se ejerza el derecho de defensa, es decir, se debe esperar a que se notifique la decisión. Téngase en cuenta que esta manifestación del alto tribunal administrativo hace referencia a la notificación de una sentencia de tutela, la cual supone efectos inter partes, más no hace énfasis en providencias de constitucionalidad, como el caso en concreto y que producen efectos erga omnes.

 

En la otra esquina, reposan quienes asumen providencias constitucionales que establecen el efecto a partir del día siguiente en que se tomó la decisión y no desde la fecha en que se suscribe el texto por parte de los magistrados; en estricto sentido, a partir de la emisión del boletín que informó la decisión. No obstante, quienes tenemos una posición algo más conservadora, nos acogemos la interpretación de algunos constitucionalistas que abogan que los fallos de constitucionalidad deben aplicarse a partir del comunicado de la corte puesto que en este se establece el numero de la sentencia y el sentido del fallo, teniendo en cuenta sus efectos “respecto a todos”

 

Otro argumento entre los estudiosos del derecho administrativo es que, por tratarse de una decisión sobre un acto administrativo se debe esperar la emisión de la sentencia. Sobra decir que la norma es un acto administrativo de forma, no obstante, de fondo es una manifestación de orden legal emitido con facultades especiales propias de un estado de emergencia, inclusive superior a un decreto ley que emite el ejecutivo con facultades pro tempore conferidas por el congreso. Una interpretación más osada para quienes reconocen que la norma es inexequible, pero siguen aplicando los alivios con basamento en el principio de confianza legítima, en el entendido que ya habían emitido facturas con descuentos hasta el 31 de octubre de 2020; pierde sustento esta tesis por la figura del “decaimiento del acto administrativo” la cual establece que los actos administrativos quedan sin sustento si desaparecen las normas en que se fundan, hecho más que evidente en este caso.

 

En fin, la invitación es a reconocer la supremacía constitucional sobre las demás líneas del derecho, por muy especializada que pueda ser, además, porque todas ellas se fundamentan en una matriz común y supra que es nuestra constitución política, siendo la honorable corte constitucional como órgano supremo la llamada su guarda y protección.

 

ANGEL ANDRES TORRES HERNANDEZ

@angelandresth