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AUTODEFENSA

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“Siendo necesaria una milicia bien ordenada para la seguridad de un Estado libre, el derecho del Pueblo a poseer y portar armas no será infringido”.
Segunda Enmienda a la Constitución de los E.E.U.U.

En días pasados 17 personas fueron asesinadas en un centro académico de la Florida, luego que un exalumno armado con fusil disparara abiertamente contra la multitud estudiantil, dejando consternados a los norteamericanos y al mundo entero.
La polémica no se hizo esperar en el país de las libertades, donde los ciudadanos pueden comprar armas en la tienda de la esquina, casi como comprar una hamburguesa, debido las restricciones mínimas de este comercio.
Ahora bien… ¿Por qué en el país del tío Sam se pueden adquirir armas tan fácilmente?; todo radica en su ordenamiento jurídico constitucional, la segunda enmienda protege el derecho que tiene el pueblo estadounidense de poseer y portar armas, lo cual data de 1791 y que a través de su historia jurídica se ha mantenido, inclusive la Corte Suprema de los Estados Unidos ha ratificado este derecho en repetidos fallos.
La norma constitucional tiene sendos propósitos muy importantes en favor de las libertad que inspiraron la voluntad de los próceres del norte, se trata de que al norteamericano no se le puede coartar su derecho a ejercer su propia defensa y la de los demás, repeler invasiones, suprimir insurrecciones, disuadir un gobierno no constitucional, entre otros.
Nótese que la regla se proyecta desde la perspectiva de un Estado libre, en donde NO se puede restringir el derecho de autodefenderse, además tiene otro objetivo importante, cual es, derrocar la tiranía de sus propios gobernantes, propósito éste que evitaría la dictadura porque los yankees en nombre de la libertad se deben levantar ante esta, es decir, es apenas obvio que bajo este precepto legal el pueblo venezolano ya hubiese removido al dictador hace mucho tiempo.
En Colombia trató de implementarse normativamente este derecho, cuando bajo el gobierno de Cesar Gaviria Trujillo se expidió un acto administrativo que sirvió de fundamento a gobernadores para que otorgaran licencias a quienes conformaran grupos de autodefensa dirigidos a la opresión de grupos guerrilleros que el Estado no tenía la capacidad de repeler, con las nefastas consecuencias que todos conocemos.
Sigue abierto el debate constitucional en los estadounidenses, para algunos este derecho no debe ser modificado y para otros urge evitar tragedias como esta, mientras que en nuestro pueblo solo deberá quedar de reseña académica en una clase de sociología jurídica y como ejercicio que no se debe repetir.

ANGEL ANDRES TORRES HERNANDEZ

@angelandresth


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